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Sustancias activas de productos fitosanitarios candidatas a la sustitución

En esta nota elaborada por AEPLA se clarifican algunos conceptos referentes a la lista que la Comisión Europea debe elaborar al respecto: que son y el porqué de la lista.

29 03 2014

LISTA DE SUSTANCIAS ACTIVAS CANDIDATAS A LA SUSTITUCIÓN. AEPLA.

Conforme al artículo 80(7) del Reglamento (CE) 1107/2009, la Comisión Europea debe elaborar una lista de sustancias (“sustancias candidatas a la sustitución”) que cumplen los criterios establecidos en el punto 4 del anexo II de dicho Reglamento. Al evaluar las solicitudes de autorización de un producto fitosanitario que contenga una sustancia activa aprobada como candidata a la sustitución, los Estados miembros realizarán una evaluación comparativa conforme al artículo 50 del Reglamento.

La Comisión ha preparado un listado que será adoptado en la próxima reunión del Comité Permanente (19-20 Marzo). Se espera que el Reglamento que incluirá todas las sustancias activas consideradas candidatas a la sustitución se publique próximamente.

Para evitar una interpretación errónea de dicha lista de sustancias, desde AEPLA queremos aclarar algunos aspectos que ayuden a entender el porqué de esta lista:

1. ¿Qué significa que una sustancia esté en la lista?

Toda sustancia incluida en la lista y los productos registrados que las contienen están autorizados en Europa porque las autoridades competentes han confirmado que su uso no entraña riesgos para el usuario, el consumidor y el medio ambiente. El que una sustancia esté incluida en la lista no pone en entredicho su seguridad. No obstante aquellos productos que contengan alguna de estas sustancias requerirán una etapa adicional de revisión: la evaluación comparativa.

Como resultado de esta evaluación comparativa podría darse el caso de que algunos de los usos de los productos se cancelasen, en el caso de que existiesen alternativas adecuadas que fueran significativamente más seguras, no presenten desventajas prácticas ni económicas y no supongan un riesgo en la aparición de resistencias.

2. ¿Son seguras las sustancias candidatas a la sustitución?

Si, y así quedó reflejado durante la evaluación para su autorización en la UE. Todas las sustancias activas autorizadas en la UE han estado sujetas a un proceso de evaluación previo que es uno de los más estrictos a nivel mundial. La industria fitosanitaria europea está comprometida con la seguridad de sus productos cumpliendo con todos los requisitos del Reglamento para su comercialización. Además establece las medidas de tutela de producto adecuadas en la práctica y promociona activamente el uso seguro de los mismos, llegando más allá de lo que establece el marco normativo vigente.

3. ¿Qué consecuencias puede tener la mala interpretación de esta lista en la cadena alimentaria?

Si la lista de sustancias candidatas a la sustitución fuese malinterpretada y se convirtiese en una lista negra, podría tener graves consecuencias en la cadena alimentaria:

- presión de las cadenas de distribución prohibiendo el uso de productos que contengan estas sustancias

- menor número de soluciones fitosanitarias a disposición de los agricultores. para el control de plagas y enfermedades de sus cultivos

- fragmentación del mercado interior europeo: un mismo producto fitosanitario podría estar autorizado en un país mientras que en el país vecino podría no estarlo.

- distorsión del mercado debido al proceso largo y complejo que supone la evaluación comparativa continua, que dará lugar a incoherencias entre productos

- agravio comparativo con los países de fuera de la UE cuyos agricultores tendrían muchos más productos disponibles, provocando un impacto negativo en la competitividad de los agricultores europeos

4. ¿Por qué no podemos simplemente reemplazar los productos y utilizar aquellos en los que no hay duda acerca de su seguridad?

Antes de prescindir de un elevado número de sustancias que podrían suponer hasta un 50% de los productos disponibles actualmente, es preciso analizar en detalle su conveniencia. Como no existen dudas sobre la seguridad de los productos en cuestión, se debe evaluar en qué circunstancias reales se puede concluir que existen soluciones alternativas significativamente más seguras y que no presenten desventajas prácticas ni económicas ni supongan un riesgo en la aparición de resistencias. Los agricultores necesitan tener herramientas disponibles para hacer frente a plagas, enfermedades y malas hierbas de sus cultivos. La experiencia científica y técnica ha demostrado que se necesitan al menos 3 familias químicas diferentes para cada tipo de plaga/enfermedad/mala hierba para evitar fenómenos de resistencia.

Por otra parte, en muchos cultivos frutales, hortícolas y planta ornamental, algunos de los cuales son considerados cultivos menores, el número de productos fitosanitarios autorizados es ya muy limitado. Una posible pérdida de productos afectaría en gran medida a este tipo de cultivos y a la capacidad de los agricultores para mantener la producción de los mismos. La disponibilidad de suficientes productos fitosanitarios seguros es especialmente importante en España y otros países de la zona Sur, donde la diversidad de cultivos y condiciones agroclimáticas y la importancia económica de la agricultura es muy elevada.

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